BASES SORTEO PROMOCIÓN "EL SUELDO PARA TODA LA VIDA" 2024
NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé) domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional en favor de los productos comercializados bajo la marca NESCAFÉ comercializados en España por Nestlé España S.A.U. y por Lactalis Nestlé Productos Lacteos y Refrigerados Iberia, S.A.
La promoción se regirá por las siguientes:
BASES
Primera: Objeto de la promoción.-Incentivar la compra de productos Nestlé amparados bajo la marca NESCAFÉ, ofreciendo un premio entre los consumidores que acrediten su fidelidad a la compra de los mismos.
Segunda: Duración de la promoción.-La promoción “El sueldo para toda la vida” comenzará el día 1 de enero del 2024 y finalizará el día 30 de junio de 2024.
Tercera: Ámbito geográfico.- La promoción será de ámbito nacional.
Cuarta: Ámbito personal.- La promoción va dirigida a aquellos consumidores finales, mayores de edad y residentes en España, que hayan comprado productos NESCAFÉ.
La promoción no es aplicable a los empleados de Nestlé, ni a cualquier persona implicada profesionalmente en esta promoción.
Tampoco podrán resultar premiados los ganadores de ediciones anteriores de esta misma promoción.
Quinta: Premio.- Se sorteará una renta vitalicia de 2.000 euros brutos mensuales de la que, en el momento de su pago, se deducirán las retenciones fiscales que legalmente correspondan, y cuyo titular con derecho a percepción exclusiva será el ganador del sorteo.
El premio se adjudicará mediante un sorteo que se realizará ante Notario, durante la primera quincena de julio de 2024. La mecánica del sorteo se realizará de la siguiente forma:
1º: Se realizará un primer sorteo ponderado para determinar si el ganador ha participado a través de envío de cartas o a través de internet (web www.nescafe.es/sueldo, www.dolce-gusto.es/premio y aplicaciones móviles)
2º: Una vez se obtiene la via de participación ganadora, se realizará un segundo sorteo entre los participantes de la categoría escogida de donde saldrá el ganador de “El Sueldo para Toda la Vida”. Ambos sorteos se realizarán siempre ante notario.
3º: Tras adjudicar aleatoriamente al ganador, se designarán, asimismo, dos reservas para el caso de que el premiado no cumpliere los requisitos de estas bases para la obtención del premio. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que éstos fueron designados.
Nestlé se reserva el derecho de que el premio quede desierto, en el caso de que ni el participante agraciado ni ninguno de los reservas cumplan los requisitos citados en estas bases.
Sexta: Productos participantes en la promoción.- Podrán participar en la promoción los consumidores que hayan adquirido productos comercializados en España que se distinguen con la marca NESCAFÉ:
- Café soluble:
- NESCAFÉ (en todas sus variedades)
- Café en grano: NESCAFÉ
- Cápsulas de café:
- NESCAFÉ DOLCE GUSTO (en todas sus variedades)
- NESCAFÉ Farmers Origins para el sistema NESPRESSO
Así como los productos comercializados en España por Lactalis Nestlé Productos Lacteos y Refrigerados Iberia, S.A. que se distinguen con la marca NESCAFÉ siguientes:
- Bebida de café: NESCAFÉ Latte de las siguientes variedades:
- NESCAFÉ Latte Cappuccino
- NESCAFÉ Latte Espresso
- NESCAFÉ Latte Cookies
Quedan excluidos de la promoción los estuches de 50 sobres de 2g de NESCAFÉ Classic Natural y Descafeinado, las cápsulas de café STARBUCKS by NESCAFÉ DOLCE GUSTO, las cajas personalizadas DGusta de 45 cápsulas de NESCAFÉ DOLCE GUSTO y las cápsulas para el sistema NESPRESSO que no sean de la marca y variedad antes mencionada.
No está permitido participar con los códigos de barras situados en los embalajes de los packs promocionales con obsequio o producto de regalo. El consumidor que adquiera un pack promocional con obsequio o producto de regalo, solo podrá participar con el código de barras de la etiqueta o envoltorio de las unidades de producto NESCAFÉ (frasco, bote o estuche) que lo componen; el código del embalaje exterior no es válido.
Solo se admitirá una vía de participación (carta o internet) por cada unidad de producto.
Séptima: Mecánica de la promoción.- La participación se llevará a cabo mediante cualquiera de las dos formas siguientes:
A .Por correo
Enviando por correo al Apartado 1.520, 08080 de Barcelona, cualquiera de los justificantes de los productos amparados por la marca NESCAFÉ siguientes:
- Dos códigos de barras que figuran impresos en cualquier producto NESCAFÉ. Adicionalmente, en el caso de que el producto contenga un código de 10 posiciones, deberá enviarse junto con el código de barras del producto.
- O dos etiquetas traseras de NESCAFÉ 220g sin código de barras comercializado en el formato XXL en pack de dos.
- O dos códigos de barras junto con los dos códigos de 12 posiciones que figuran impresos dentro de los estuches de NESCAFÉ DOLCE GUSTO.
- O cualquiera de los grupos de dos unidades que se puedan formar con los materiales citados anteriormente en los puntos a), b) y c).
- O cuatro sobrecitos de NESCAFÉ Classic Natural o Descafeinado de 2g (sobrecitos del bar). Los sobrecitos de bar no se pueden acumular como participaciones con los materiales citados en los puntos a), b) y c).
- Para poder participar también serán válidos los cupones que Nestlé distribuya con una etiqueta de regalo, siempre que se acompañen, además, de un ejemplar de cualquiera de los justificantes mencionados en los puntos a), b) y c).
Nestlé limita la emisión de códigos regalo a un máximo de un código por cada usuario de su base de datos off-line. Además de encartes en algunas revistas, entregas en Puntos de Venta y otras posibles acciones que se consideren oportunas durante la promoción.
En cualquier caso, queda excluido para participar en la promoción cualquier producto NESCAFÉ que no contenga un código de barras en su etiqueta, estuche, envase o envoltorio, a excepción de los sobrecitos NESCAFÉ Classic Natural o Descafeinado de 2g (sobrecitos del bar) por carecer de código de barras o de los frascos NESCAFÉ 220g comercializados en el formato XXL en pack de dos por no llevar código de barras el frasco individual.
Los participantes que utilicen esta modalidad, correo postal, acompañarán con los referidos códigos, cupones, pruebas de compra, membranas o sobrecitos, un texto en el que harán constar su nombre y apellidos, dirección completa, así como el número de teléfono fijo de su residencia o su número de móvil.
Cada carta enviada por el participante deberá contener el número de justificantes exactos para obtener una participación, es decir, que deberá enviar como máximo por sobre dos pruebas de compra y/o códigos de barras o un código de barras acompañado de un cupón regalo o cuatro sobrecitos de 2g. En el caso de que en el producto figure tanto un código de barras como un código promocional, deberá enviar ambos códigos.
No se aceptarán participaciones que lleguen a otras direcciones o apartados de Correos diferentes al mencionado
En la participación por correo, Nestlé declina cualquier responsabilidad por las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable a Correos que pueda afectar al envío de las cartas.
B. Por Internet
También se podrá participar en la promoción accediendo a la páginas web:
- https://premio.dolce-gusto.es
O sus correspondientes aplicaciones móvil..
- APP NESCAFÉ
- APP Dolce Gusto
Dependiendo de los códigos que se vayan a ingresar deberá acceder a una de las páginas web o aplicación móvil.
El participante deberá registrarse en el sorteo cumplimentando un formulario con sus datos personales. En el caso de ya estar registrado, solo será necesario identificarse.
En el caso de que durante el proceso de registro se detecte que el participante no cumple con alguno de los requisitos de la promoción, aparecerá un mensaje indicándole que no puede participar en la misma y no se conservará su registro.
Es imprescindible que los participantes aporten los datos personales necesarios y reales para acceder a la promoción. La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicho participante de la promoción.
Una vez registrado, el consumidor deberá introducir los códigos de los productos NESCAFÉ en la página web o aplicación correspondiente.
1. En la página web: www.nescafe.es/sueldo se podrá:
a. Introducir dos códigos de 10 posiciones cada uno que encontrará:
- en las etiquetas posteriores de los productos NESCAFÉ Classic Natural y Descafeinado de 300g, 220g, 200g, 100g, 50g y su formato promocional de 220g, NESCAFÉ Black Roast, NESCAFÉ Vitalissimo Natural y Descafeinado y NESCAFÉ Crème.
- en los estuches de 10 sobres de NESCAFÉ Classic Natural; en los de 10 y 14 sobres de NESCAFÉ Classic Descafeinado, en los estuches de NESCAFÉ Gold Cappuccino (si consta) y en los estuches de NESCAFÉ Farmers Origins x36 cápsulas para el sistema Nespresso (si consta).
- en el interior de la etiqueta de los botes de NESCAFÉ Gold Cappuccino (si consta)
- en el interior de la bolsa NESCAFÉ 3en1 y de las bolsas doy-pack NESCAFÉ Classic Natural y Descafeinado de 75g, 180g y 275g.
- en el reverso de la etiqueta de los botes de NESCAFÉ Latte, en los que se indica la posibilidad de participar por Internet.
b. O bien, introducir un código de 10 posiciones que el consumidor podrá recibir como regalo de Nestlé en determinadas comunicaciones, y un segundo código de 10 posiciones que encontrará en los productos antes citados.
2. En la APP de NESCAFÉ:
También se podrá participar accediendo a la aplicación móvil NESCAFÉ, escaneando dos códigos QR o introduciendo dos códigos de 10 posiciones cada uno que encontrará en los productos NESCAFÉ o códigos promocionales mencionados en el punto anterior.
3. En la página web www.dolce-gusto.es/premio.
Se podrá introducir dos códigos de 12 posiciones cada uno que encontrará en el interior de los estuches de NESCAFÉ DOLCE GUSTO.
4. En la APP de NESCAFÉ DOLCE GUSTO:
También se podrá participar accediendo a la aplicación móvil NESCAFÉ DOLCE GUSTO, escaneando dos códigos QR o introduciendo dos códigos de 12 posiciones cada uno que encontrará en el interior de los estuches de NESCAFÉ DOLCE GUSTO.
5. En la página web https://premio.dolce-gusto.es
Se podrá redimir puntos del programa de fidelidad PREMIO por participaciones en la promoción. Serán necesarios 300 puntos para conseguir una participación.
Los participantes vía internet deberán conservar las etiquetas y/o estuches, con su código de barras y código promocional, y/o los sobres de 2g (sobrecitos del bar) con el código de participación en su interior y/o las etiquetas sin códigos de barras de los frascos de NESCAFÉ 220g comercializados en el formato XXL en pack de dos, con los que hayan participado, ya que es condición indispensable disponer de todo ello para poder acceder al premio, en caso de ser premiado en el sorteo. En caso contrario el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
La utilización de los códigos promocionales de 10 posiciones impresos en los productos NESCAFÉ (en las etiquetas de los frascos y botes, en el interior de los estuches de NESCAFÉ Classic y NESCAFÉ Gold y en el interior de los sobrecitos de bar NESCAFÉ Classic), así como de los códigos de 12 posiciones impresos en el interior de los estuches de NESCAFÉ DOLCE GUSTO, y de los códigos QR, serán válidos únicamente en las participaciones realizadas vía Internet.
En la participación a través de Internet, Nestlé declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
La fecha máxima de envío de cartas y de participación por Internet es el día 30 de Junio de 2024. Quedará fuera de la promoción cualquier carta recibida con matasellos posterior al 30 de Junio de 2024.
Discrecionalmente, y a juicio del organizador, se podrá arbitrar una participación diferente a las establecidas con carácter excepcional.
Octava: Limitación en la participación por web.-Los consumidores podrán participar cuantas veces quieran siempre y cuando sus participaciones no resulten desproporcionadas o abusivas.
Se limitarán las participaciones recibidas vía internet, considerándose desproporcionadas o abusivas las que superen los limites siguientes:
Gamas de producto |
Límite de códigos ingresados |
Límite de participaciones |
NESCAFÉ DOLCE GUSTO (participación reflejada en los puntos 3 y 4 del apartado 7.B) |
200 |
100 |
NESCAFÉ DOLCE GUSTO (participación mediante redención de puntos, participación reflejada en el punto 5 del apartado 7.B.) |
N/A. |
100 |
NESCAFÉ 2 g (sobres de bar) |
1.000 |
250 |
NESCAFÉ (soluble) |
200 |
100 |
En el caso de que se detecte que un participante ha superado los límites indicados, el sistema no le permitirá registrar más códigos de la misma gama de producto.
Novena: Entrega del premio.- El premio será comunicado al agraciado por Nestlé.
El agraciado del “El Sueldo para toda la vida” comenzará a percibir sus premios mensualmente, a partir de la fecha del sorteo, reservándose Nestlé su derecho a abonar dichos importes directamente por sí misma o bien mediante la persona física o jurídica que ella designe al respecto.
El premio no será transmisible por ningún medio, ni mediante transmisiones inter vivos ni mortis causa.
El derecho a reclamar el premio caducará a los seis meses de la fecha de celebración del sorteo.
Décima: Difusión de la promoción.-La promoción se dará a conocer a los consumidores a través de los siguientes medios, con carácter enunciativo pero no limitativo:
- Etiquetas de algunos productos.
- Páginas Web: www.nescafe.es/sueldo, www.dolce-gusto.es/premio y otras webs de Nestlé.
- Páginas de Facebook de Nestlé: www.facebook.com/Nescafe.ES, y www.facebook.com/DolceGustoEs
- Redes sociales
- Campaña de medios publicitarios.
- Newsletter
- Acciones el en punto de venta.
Décimo primera: Tratamiento de datos personales.-Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre, apellidos y población) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.
Los datos de carácter personal que faciliten los participantes en esta promoción a Nestlé, como responsable del tratamiento, serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción
Los datos personales facilitados por los participantes vía correo postal (carta blanca) no se integrarán a ningún fichero con voluntad de permanencia. Dichos datos se tratarán únicamente con la finalidad de gestionar la promoción, realización del sorteo y, en su caso, entrega del premio. Dichos datos serán eliminados posteriormente a la realización del sorteo, mediante destrucción física de los no agraciados, asegurando de este modo la salvaguarda de su privacidad.
A los participantes vía internet y a los participantes que envíen cupones vía postal, se les informará, de forma clara, precisa, suficiente y detallada, en el momento de proceder a la recogida de sus datos personales a través del formulario de registro, acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé España S.A.U., de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos.
La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.
Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A.U. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.
Décimo segunda: Derechos de imagen.- Dado el fin estrictamente publicitario del presente sorteo, el ganador deberá aceptar que su imagen, nombre y voz puedan ser utilizados a los efectos de informar sobre el resultado de dicho sorteo, así como de promocionar el producto publicitado y ulteriores eventos de similar naturaleza en los medios de comunicación que Nestlé estime necesarios (incluyendo, a título de ejemplo, prensa, radio, televisión o Internet). Dicha cesión se realizará durante un plazo de tiempo de dos años y con ámbito territorial de España. El ganador deberá firmar un documento específico de cesión de los mencionados derechos antes de la recepción del premio, el cual se considerará justa compensación de la cesión efectuada.
Décimo tercera: Fiscalidad.-Al premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Nestlé España, S.A.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Nestlé practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Décimo cuarta: Causas de descalificación de un participante de la promoción.- Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores de los productos con las marcas que toman parte de aquélla, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
1. Introducción de un código de barras o un código promocional o un código regalo inexistente, falso o alterado o un código promocional o un código regalo ya utilizado en una participación anterior.
2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.
4. No disponer, o no entregar a Nestlé los códigos de barras o promocionales originales con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción.
5. Empleo de sistemas o dispositivos para la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
6. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
7. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
8. Número de participaciones que resulten desproporcionadas o abusivas.
En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
Décimo quinta: aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.